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La AFIP comenzó a intimar a los monotributistas que aún no "blanquearon" su situación fiscal

La AFIP comenzó a intimar a los monotributistas que aún no "blanquearon" su situación fiscal

En más de una oportunidad, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, advirtió que el organismo de recaudación saldría a la caza de los monotributistas que no adhirieron a la amplia moratoria y al blanqueo fiscal que estuvo vigente hasta agosto del año pasado.

Las advertencias dejaron de ser meras palabras y se transformaron en "intimaciones" concretas, que ya comenzaron a llegar a los domicilios de los pequeños contribuyentes que -según el fisco nacional- son claros ejemplos de "enanismo fiscal". iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al facsímil de los "avisos" de advertencia que ya se están enviando desde la AFIP.

La intimación le da sólo 10 días al monotributista sospechado de evasión para presentar el descargo ante el fisco nacional que le permita acreditar que ya ha regularizado la situación denunciada por el organismo de recaudación y que sólo se trata de un "error" en la tarea de inteligencia fiscal. Caso contrario, el "supuesto" evasor deberá ingresar en el mismo lapso de tiempo -10 días- el monto del impuesto adeudado reclamado por ese mecanismo. A dicho monto, se le debe sumar, intereses resarcitorios y las multas que correspondan. De no responder, la AFIP iniciará las acciones legales que correspondan.

De tratarse de un monto elevado, la omisión podría encuadrar dentro del delito de "evasión agravada" que prevé penas de prisión de hasta 9 años, de acuerdo con la Ley Penal Tributaria vigente. Cazar a los evasores La avanzada había sido oportunamente adelantada a este medio por Carlos Sánchez, titular de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social del organismo recaudador. "Vamos a marcarle la cancha a los contribuyentes. Luego de procesar los datos y realizar un barrido de la base del fisco invitaremos a los monotributistas, que se encuentren bajo la lupa, a recategorizarse como corresponde", anticipó el funcionario. De no obtener respuesta del contribuyente en falta, la AFIP lo recategorizará o excluirá de oficio del régimen en la medida que se trate de inconsistencias insalvables. El consultor tributario, Nicolás Yasi, explicó la mecánica del accionar de las autoridades impositivas: "Las intimaciones que está realizando la AFIP sobre el padrón de monotributistas se deben a un exhaustivo cruce de datos de sus sistemas informáticos". "Estos deudores deberán pagar la deuda generada a la fecha puesto que la conducta de los contribuyentes es la de evasión", agregó Yasi. Como control complementario, el fisco también confronta los datos declarados por los presuntos evasores contra los indicadores de la situación fiscal que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas.

Entre ellos se destacan:

• Consumos en tarjetas de crédito y débito.

• Movimientos bancarios.

• Declaraciones patrimoniales.

• Gastos de expensas.

• Pago de cuotas de colegios privados.

• Inversiones en fideicomisos.

Si del análisis surgen marcadas inconsistencias, el fisco envía de inmediato las referidas intimaciones. De esta manera, se pone en marcha la mecánica de exclusión. "Cuando como consecuencia de los controles que se efectúen, la AFIP constata la existencia de alguna de las circunstancias que determinan la exclusión de pleno derecho del Monotributo, el inspector notificará al contribuyente de tal circunstancia y pondrá a su disposición los elementos que así lo acreditan", establece la legislación vigente. De igual manera, cuando los monotributistas no cumplan con la recategorización cuatrimestral, o la misma fuera inexacta, "el inspector notificará al contribuyente de tal circunstancia y pondrá a su disposición los elementos que así lo acrediten, indicándole la categoría que le corresponde, juntamente con la liquidación de la deuda en concepto de diferencias de impuesto más sus accesorios". Factura electrónica para monotributistas Asimismo, a partir de marzo próximo, los monotributistas que más ganan tendrán que adherirse al régimen de factura electrónica. Así lo confirmó, Horacio Curien, subdirector general de Fiscalización de la AFIP, en diálogo exclusivo con este medio.

El funcionario precisó que, si bien aún resta pulir los detalles finales de lo que será la nueva resolución general, está confirmado que "la factura electrónica llegará en marzo próximo a los contribuyentes que se encuentren en las categorías más altas del Régimen Simplificado".

Tal como anticipó oportunamente este medio, en una primera etapa, se obligará a utilizarla a los pequeños contribuyentes -en su mayoría profesionales- que encuadren en el último escalón del esquema de tributación, vigente a partir de este año. Por lo tanto, la exigencia recaerá sobre quienes facturen entre $12.000 y $16.667 mensuales, ya que ambos valores delimitan el peldaño final. En una etapa posterior, el organismo de recaudación apunta a incorporar al régimen a todos los pequeños contribuyentes comprendidos bajo las nuevas categorías que resultan aplicables desde el 1 de enero de 2010. De esta forma, una vez finalizada la avanzada de las autoridades fiscales, deberán emitir los comprobantes de manera electrónica:

• Los profesionales monotributistas que facturen entre $6.000 y $16.667 al mes.

• Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades, con ingresos mensuales que se ubiquen entre $12.000 y 25.000 pesos. En la actualidad, la emisión de comprobantes electrónicos rige para contadores y abogados -entre otras actividades- que generan ingresos por más de $50.000 al mes.

Fuente: iProfesional

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